
¡Qué tal amigos del internet!
Nos encontramos ya en el tercer post de la serie de cuatro posts acerca del robo de identidad.
– ¿Qué?, ¿Cuándo pasó esto?, ¿Cuáles son los 2 primeros?
Ok, ¡Tranquilo!
En el primero hablamos acerca de qué es el robo de identidad, cuáles son los tipos más comunes y qué tan desarrollado está este delito en México, lo puedes leer aquí: Parte 1
En el segundo de cómo las redes sociales han influido en que este delito aumente año con año y dimos algunas recomendaciones acerca de cómo protegerte por estos medios, lo puedes leer aquí: Parte 2
En este post hablaremos acerca de las leyes que nos protegen en México contra el robo de identidad y qué podríamos hacer o a quien podemos acudir en caso de que alguien robe nuestra identidad.
¿Listos? ¡Comenzamos!
El robo de identidad en México ha aumentado más de 500% en tan solo 4 años, a pesar de esto, en nuestro país no esta tipificado como delito en el código penal federal.
– ¿¿¿Y esto qué quiere decir???
Esto quiere decir que a nivel federal no existen leyes que castiguen este delito.
Sólamente hay 16 entidades que cuentan con legislaciones en sus códigos penales para castigarlo, estos estados son los siguientes: Baja California, Baja California Sur, Colima, Chihuahua, Ciudad de México, Durango, Guanajuato, Jalisco, Estado de México, Nuevo León, Oaxaca, Quintana Roo, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas.
Colima fue la primer entidad en regularlo el 29 de abril del 2009, artículo que en su código penal se ve así:
Artículo 234. Se considera fraude y se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y multa hasta por 100 unidades, para el caso de las fracciones I y II, y de tres a nueve años de prisión y multa hasta por la misma cantidad en el caso de las fracciones III, IV, V VI, y VII en los siguientes casos:
I a VI…
VII. Al que por algún uso del medio informático, telemático o electrónico alcance un lucro indebido para sí o para otro valiéndose de alguna manipulación informática, instrucciones de código, predicción, intercepción de datos de envío, reinyecte datos, use la red de redes montando sitios espejos o de trampa captando información crucial para el empleo no autorizado de datos, suplante identidades, modifique indirectamente mediante programas automatizados, imagen, correo o vulnerabilidad del sistema operativo cualquier archivo principal, secundario y terciario del sistema operativo que afecte la confiabilidad, y variación de la navegación en la red o use artificio semejante para obtener lucro indebido.
A nivel federal, ha habido muchas iniciativas para tipificar este delito en el código penal federal, a pesar de esto, el delito sigue sin ser tipificado.
Una de las iniciativas más recientes se presentó el 18 de abril del 2016 e incluía un paquete de reformas para tipificar y sancionar penalmente los delitos contra la identidad como la obtención fraudulenta de datos personales, usurpación de la identidad y la clonación de tarjetas de crédito o débito.
Esta iniciativa propone fijar penas de entre cinco y 12 años a quienes incurran en la práctica del robo de datos personales.
En el documento se propone tipificar como delitos la expedición y uso ilícito de documentos de identidad; intrusión a la seguridad informática, la suplantación de usuario de tarjetas de crédito y débito, así como el uso ilícito de datos de identidad en sistemas informáticos.
El robo de identidad a través del sistema financiero mexicano es un problema grave y creciente y una violación a los derechos fundamentales de las personas, manifestó Luis Videgaray, secretario de Hacienda y Crédito Público, quien recientemente firmó un acuerdo con bases de colaboración para inhibir la suplantación de identidad a través del sistema financiero en México, Videgaray adelantó que como parte de la estrategia, las instituciones bancarias tendrán una intercomunicación en tiempo real con el Instituto Nacional Electoral (INE) para validar los datos de los usuarios.
Después de leer todo esto, seguramente te encuentres confundido acerca de las leyes en torno al robo de identidad y seguramente te preguntas:
– ¿Entonces con quién voy o qué hago si soy víctima de un robo de identidad?
Preparamos una guía para ti de los pasos a seguir si eres víctima de este delito. La guía es la siguiente:
- Si detectas que tu identidad ha sido robada o que se ha hecho mal uso de tus datos financieros, denuncia el fraude ante el Ministerio Público. Si te comunicas directamente en la CONDUSEF puedes presentar la reclamación por la afección y recibir la asesoría necesaria para bloquear tu buró de crédito e iniciar la denuncia con el Ministerio Público.
- Si tu tarjeta de crédito fue clonada, cancélala en ese momento. Si no obtienes respuesta, acude a Condusef.
- Cuando establezcas nuevas cuentas, selecciona nuevo números PIN y nuevas contraseñas.
- Si se reporta una mala nota en tu historial crediticio a causa del fraude, presenta una solicitud de declaración ante el Buró de Crédito. (CONDUSEF pedirá al Buró de Crédito que el usuario sea bloqueado para frenar el mal uso de sus datos, luego avisará al SAT para que evite la apertura de cuentas).
- Solicita al Buró de Crédito pongan un alerta de fraude para evitar que el delincuente siga obteniendo créditos a tu nombre.
- Solicita tu Reporte Especial de Crédito. Si identificas algo anormal notifícalo de inmediato a la Sociedad de Información Crediticia (SIC).
Si llegaste hasta aquí, ¡Te agradezco mucho!, espero que esta información te haya dejado las cosas mas claras en cuestión de las leyes que castigan el robo de identidad en nuestro país, cualquier duda o comentario que tengas lo puedes dejar en los comentarios y con mucho gusto lo resolvemos.
Recuerda siempre proteger tus datos personales, te dejo nuevamente el link de la parte 2 de la serie donde hablamos de este tema en particular: Parte 2
Este fue el post 3 de los 4 posts de la serie del robo de identidad, la siguiente semana hablaremos acerca de los tips, consejos e información para prevenir y combatir el robo de identidad.
Así que, ¡permanezcan atentos!
Su amigo Raúl D’Trewethán